La Comisión de Fabricantes de Neumáticos -compuesta en la actualidad por Bridgestone, Continental, Michelin y Pirelli- acaba de emitir un comunicado en el que recuerda que, a partir del próximo 1 de noviembre, la UE prohíbe la venta de neumáticos de turismo y camioneta etiquetados con ‘F’ en resistencia a la rodadura, “así como aquellos de clase ‘E’ de camioneta cuyo coeficiente de resistencia a la rodadura sea superior a 9”, según se recoge en el Reglamento (CE) nº661/2009.
A rueda de ello, José Luis Rodríguez, director de la Comisión de Fabricantes de Neumáticos, resalta que “la prohibición de vender esos neumáticos menos eficientes en el mercado europeo pone nuevamente de relieve la labor informativa y de protección de los intereses del consumidor de la Etiqueta del Neumático, a cuyo conocimiento hemos contribuido decisivamente con campañas específicas de comunicación tanto para automovilistas como para profesionales desde la Comisión de Fabricantes de Neumáticos. La Etiqueta del Neumático es una herramienta fundamental a la hora de equipar nuestros vehículos con unos neumáticos que nos aporten las mejores prestaciones: que sean a la vez seguros, duraderos, eficientes y respetuosos con el medio ambiente”.
Así, la Comisión de Fabricantes de Neumáticos enfatiza que “el sistema especial de etiquetado para los neumáticos, en vigor desde 2012, ayuda a los usuarios a conocer y poder elegir el producto que mejor les conviene tanto desde el punto de la eficiencia energética como la seguridad. Hablando de neumáticos, solo es posible cumplir con los objetivos marcados por la legislación europea, tanto en el plano de la seguridad, como en el de la reducción de las emisiones de CO2 y la disminución del ruido del tráfico, si nos apoyamos en una herramienta clave como la Etiqueta del Neumático, un sistema concebido para informar al consumidor sobre las diferentes prestaciones de los nuevos neumáticos que va a adquirir, primando la adquisición de aquellas cubiertas de mayor calidad y prestaciones”.
La UE también prohíbe los neumáticos de camioneta etiquetados con ‘E’ cuyo coeficiente de RR sea superior a 9, a partir del 1 de noviembre
Los expertos de la Comisión inciden en que “el neumático, como único punto de contacto del vehículo con la carretera, cumple una importantísima función de cara a la seguridad vial, pero también para la reducción del consumo de carburante y de las emisiones de CO2 a la atmósfera asociadas a dicho consumo. Sin embargo, todos los neumáticos no son iguales, ni contribuyen de la misma manera en la consecución de dichos objetivos. Fiel a su compromiso con la defensa de los consumidores, el legislador comunitario ha adoptado diversas medidas encaminadas a limitar el uso de los neumáticos menos seguros y eficientes en la Unión Europea. De este modo, y en virtud del contenido del Reglamento (CE) nº661/2009, a partir del próximo 1 de noviembre de 2018 no se podrán vender neumáticos de turismo y camioneta dentro de la UE, de clase ‘F’ en resistencia a la rodadura, así como aquellos de clase ‘E’ de camioneta cuyo coeficiente de resistencia a la rodadura sea superior a 9″.
Como broche, José Luis Rodríguez subraya que “la legislación europea atribuye a los neumáticos de baja resistencia a la rodadura un papel esencial a la hora de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas del tráfico por carretera. No en vano, casi el 20% del consumo de combustible de nuestros vehículos tiene que ver, precisamente, con este factor, por lo que cualquier mejora en las cubiertas se notará rápidamente en nuestro bolsillo. Por ello, la prohibición de comercializar en el territorio de la UE aquellos neumáticos menos eficientes contribuirá no solo a reforzar el papel del consumidor, sino a mejorar la calidad del aire que respiramos”.
Hay que recordar que la Comisión de Fabricantes de Neumático y ADINE (Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos) emitieron un comunicado por primera vez conjunto el 26 de abril de 2017, avanzando que “a partir del próximo 1 de mayo de 2017 no podrán comercializarse neumáticos con calificación G en Resistencia a la Rodadura (RR) en C1 y C2 (Turismo y Camioneta) y calificación F en adherencia en superficie mojada (WG) en C1 (Turismo), que hayan sido fabricados con anterior al 1 de noviembre del 2014”.
Entonces, tanto ADINE como la Comisión de Fabricantes de Neumáticos refrescaban la memoria sobre la normativa del “Reglamento (CE) Nº 661/2009 del Parlamento Europeo de julio de 2009 relativo a los requisitos de homologación de tipo referentes a la seguridad general de los vehículos de motor, sus remolques y sistemas, componentes y unidades técnicas independientes a ellos destinados, en su artículo 13.11, que establecía una moratoria de 30 meses para la comercialización de los citados neumáticos fabricados con anterioridad al 1 de noviembre de 2014 (art.13.5.b)”.
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