Gabriel Leal, director general de Signus Ecovalor S.L. escribe un artículo de opinión en el reciente número de la revista ‘EuroPneus’ que titula “Modificando la gestión de NFU”, y que, por su interés para el sector, también reproducimos íntegramente en esta ventana digital. Pasen y lean.
Finalmente y después de 14 años tenemos un texto que propone modificar el Real Decreto de gestión de neumáticos fuera de uso del año 2005. La espera ha valido la pena.
Las modificaciones no son muchas, pero son importantes y creemos que van a modificar la manera de operar en el sector. Entre otras medidas de menor orden hay que destacar:
• Incorpora a la definición de productor como “el agente que por primera vez pone en el mercado nacional neumáticos”, esclareciendo recientes controversias que pueden haber confundido al sector.
• Determina que la obligación del productor se extiende a recoger y gestionar “cuantas veces sean necesarias” los neumáticos que se pusieron en el mercado, por lo que incluye la obligación de recoger aquellos neumáticos que se volvieron a poner en el mercado, como resultado de su clasificación como neumáticos preparados para reutilizar, bien para recauchutar, bien para la venta como neumático de segundo uso. De esta manera se reducirá el desfase entre los NFUs que se recogen y lo que se describe como obligación de recogida.
• Identifica a los agentes que pueden realizar las operaciones de preparación para la reutilización, los gestores de residuos, así como la metodología y normas que tienen que cumplir para suministrar el documento obligatorio de inspección y verificación, según la norma UNE 69051, cuando el consumidor adquiera neumáticos de segundo uso.
• Y finalmente, además de incluir a los neumáticos de reposición de más de 1.400 mm de diámetro en la responsabilidad del productor, crea el Registro de Productores de Neumáticos, en el que se tienen que inscribir todos los productores, los cuales tendrán asignado un número de productor de neumáticos que deberán incorporar en las facturas a emitir, tanto ellos como su red comercial. También define la clasificación de las categorías de neumáticos por aplicación y peso, obligando a realizar una declaración anual sobre los neumáticos de cualquier tipo que se hayan puesto por primera vez en el mercado por cada productor en el año anterior.
Toda esta legislación va a permitir tener herramientas concretas para luchar contra el fraude de las importaciones ilegales, así como de la clasificación, sin garantías, de neumáticos de segunda mano. Así mismo clarifica las obligaciones de recogida, tanto de cantidad como de proporcionalidad en todos los territorios, incluyendo las islas, evitando que se actúe con criterios de rentabilidad, dejando de lado la recogida en talleres, que por su volumen o ubicación, generan costes de gestión mayores.
En SIGNUS creemos que son avances muy importantes para el sector de gestión de los NFUs, para el control del fraude, para clarificar puntos objeto de discusión y dotar de garantías el mercado de segundo uso del neumático.
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