ADINE-MOTORMEETINGS: Más de un centenar de profesionales del sector participan en el coloquio web “Derechos y obligaciones del taller en la gestión de neumáticos fuera de uso”

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Más de un centenar de profesionales del sector han participado en el reciente coloquio web “Derechos y obligaciones del taller en la gestión de neumáticos fuera de uso”, organizado por ADINE (Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos) junto a MOTORMEETINGS by Motortec, con la intervención de Julián Madruga, director relaciones con empresas adheridas de Signus Ecovalor, y con Javier de Jesús, director operativo de TNU.

 

 

Bajo la batuta maestra de Óscar Bas, secretario ejecutivo de ADINE, el webinar ha analizado los derechos, obligaciones y buenas prácticas de los talleres en relación a los neumáticos fuera de uso (NFUs), y reunido vía online a más de un centenar de profesionales del sector interesados en conocer los aspectos esenciales en relación a los derechos y responsabilidades en el tratamiento y gestión de los NFU, de acuerdo con el RD 1619/2005 recientemente ampliado y modificado por el RD 731/2020.

 

Este seminario web orientado fundamentalmente a los integrantes de los talleres que generan NFUs como consecuencia de su actividad fue dirigido por Óscar Bas, secretario ejecutivo de ADINE (Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos), y contó con la participación también de Javier de Jesús, director operativo de TNU (Tratamiento Neumáticos Usados), Julián Madruga, director relaciones con empresas adheridas de SIGNUS y Javier Sanz de Andino, Director Comercial de Certámenes de IFEMA, encargado de realizar la inauguración del mismo.

 

Seguidamente, Óscar Bas comenzó su intervención explicando las implicaciones y cambios que supone la aplicación del nuevo real decreto sobre la gestión de neumáticos fuera de uso (NFU), cuyo ámbito de aplicación regulatorio incluye a todos los neumáticos puestos en el mercado nacional de reposición, salvo los de bicicleta. Por eso, desde el 2 de enero de este año entran dentro de la responsabilidad del productor los neumáticos de más de 1.400 mm, que pasan a ser gestionados por los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor (SCRAP).

 

Además, recordó que, según el RD 1619/2005, modificado recientemente por el RD 731/2020, los productores de neumáticos (fabricantes, importadores y adquirientes intracomunitarios) están obligados a realizar o financiar la gestión de estos NFU que, como norma general, suelen llevar a cabo a través de los sistemas colectivos a los cuales están adheridos, habiendo actualmente dos SIG de NFU en España: Signus y TNU.

 

Tras ello, pasó a enunciar los derechos y obligaciones de los talleres en relación a la gestión de los NFU -ver infografía abajo-, destacando que los talleres no deben realizar la clasificación de los NFU, puesto que esta labor sólo pueden realizarla un gestor autorizado de residuos o un CAT (Ley 22/2011 de Residuos), y aclaró que los talleres pueden seguir comercializando neumáticos de segunda mano, siempre y cuando los adquiera a un gestor autorizado o CAT que certifique que son aptos para ser considerados como neumáticos usados de acuerdo con las especificaciones técnicas de la norma UNE 69051.

 

Otro importante requisito a cumplir por el taller es seguir un Código de Buenas Prácticas para la gestión y el almacenamiento de NFU, que implica cinco acciones esenciales -ver infografía adjunta-: separar los NFU y evitar que se contaminen con otros residuos (aceites, grasas, residuos orgánicos, etc.), protegerlos de la lluvia y de posibles hurtos, evitar dañarlos deliberadamente para impedir su reutilización, ubicarlos en un lugar accesible para el vehículo de recogida, y apilar los de turismo, furgoneta y 4×4, mientras que los de camión deberán ponerse de pie de tal forma que no puedan rodar.

 

A continuación, los responsables de SIGNUS y TNU fueron los encargados de exponer el procedimiento de gestión y recogida de los NFU de diámetro superior a 1.400 mm. Julián Madruga, portavoz de Signus, explicó que cada vez que se vende un neumático de estas características se genera un código que es único para ese neumático e identifica al productor y la categoría, con el fin de que sea imposible falsificarlo. Para solicitar tal recogida, recalcó que hay un procedimiento establecido que exige la declaración previa de los códigos por parte del productor y que cada código es de un solo uso y no caduca.

 

Seguidamente, Javier de Jesús, portavoz de TNU, aclaró que el taller puede solicitar la recogida al SIG en el momento en que se realiza el cambio de neumáticos y que los códigos no están asociados a neumáticos concretos, pero sí a categorías concretas. Igualmente señaló que la solicitud de recogida se puede hacer mediante el correo electrónico recogida1400@tnu.es, a través del cual el taller facilita una serie de datos: los códigos (tantos como neumáticos desee retirar), qué medida se debe retirar por código, y los datos del taller (CIF, razón social, persona de contacto, dirección…). Tras chequear estas condiciones, la solicitud se tramita con normalidad al gestor correspondiente, siendo atendida en un plazo de 5 a 10 días hábiles, desde la validación del código.

 

Como broche, el secretario ejecutivo de ADINE, Óscar Bas, recordó que los talleres únicamente tienen la obligación de darse de alta en el Registro de Productores -ver infografía inferior- en el supuesto de que realicen importaciones, adquisiciones intracomunitarias o compras online de neumáticos en plataformas extranjeras, siendo fecha límite el próximo 2 de abril de 2021, previa solicitud al sistema colectivo al cual esté adherido de un certificado de estar al corriente de sus obligaciones medioambientales. Y, como siguiente paso, deberá suministrar la información de la puesta en el mercado en 2020, tanto de neumáticos nuevos, usados o recauchutados sobre carcasas importadas.