La Comisión de Fabricantes de Neumáticos -compuesta en la actualidad por Bridgestone, Continental, Michelin y Pirelli- celebró anoche una nueva jornada técnica (teórica y práctica) en la pista de hielo SnowZone de Madrid Xanadú para volver a poner en valor el neumático de invierno como pieza ‘vi-T-al’ a la hora de rodar con la máxima seguridad ante temperaturas inferiores a 7º centígrados, sea con hielo, nieve, escarcha, lluvia… ¡y sin necesidad de cadenas!
Bajo el conocido lema de su campaña ‘Cambia de hábitos, Cambia de neumáticos’, la nueva jornada técnica promovida por la Comisión de Fabricantes de Neumáticos contó, entre otros, con personalidades de la DGT, Fesvial… y los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, así como con representantes de las marcas impulsoras (Bridgestone, Continental, Michelin y Pirelli), todo ello pilotado por José Luis Rodríguez, director del Consorcio Nacional de Industriales del Caucho y de la propia Comisión.
José Luis Rodríguez ejerció de maestro de ceremonias y durante su intervención puso en valor el neumático de invierno enfatizando que “es la opción más segura en los meses de frío. No en vano, la distancia de frenado a una velocidad de 50 kilómetros por hora en una calzada con nieve es 31 metros menor con ruedas de invierno. En mojado, y a 80 por hora, la distancia es 6 metros inferior que con neumáticos convencionales. Además, los neumáticos de invierno ofrecen mejores prestaciones que los convencionales con temperaturas por debajo de los 7 grados, con nieve o sin nieve en el firme, por un coste muy similar al de las cubiertas normales”.
Neumáticos de invierno: características técnicas y ventajas
Y para garantizar tales prestaciones, el director de la Comisión de Fabricantes de Neumáticos explicó las principales características técnicas de las cubiertas de invierno, como “un dibujo de la banda de rodadura más recortado y profundo para una mayor evacuación del agua y motricidad en condiciones difíciles, junto a una gran cantidad de laminillas en los tacos para una adherencia óptima en suelos helados, nevados, mojados… y un Un compuesto de goma más blando y flexible, cargado en sílice que no se endurece por debajo de 7º C”.
Así, José Luis Rodríguez enumeró toda la rueda de ventajas que brindan los neumáticos de invierno a los conductores comparado con las cadenas: “Los neumáticos de invierno garantizan más tranquilidad a los conductores puesto que sus vehículos siempre están listos para afrontar los cambios invernales; más seguridad, al no tener que parar en el arcén para manipular las ruedas ante posibles tramos de nieve; más prestaciones dado que el equipamiento de los dos ejes permite mayor estabilidad, y más comodidad. Por su parte, las cadenas son más incómodas y peligrosas en su montaje, con riesgo de daños para el propio vehículo, los neumáticos y, además, son nefastos para el asfalto, no se pueden montar en todos los vehículos y sólo se suelen montar en el eje motriz”.
Durante su exposición, Rodríguez también se refirió a los neumáticos all season (cuatro estaciones), con una fuerte evolución de ventas en el mercado español de reposición en los últimos años, señalando como sus principales características: “Sobre pavimento seco ofrecen facilidad de conducción y excelente confort, basado en baja generación de ruido, así como poca trasmisión de vibraciones. En pavimento mojado, alta resistencia al aquaplaning y excelente agarre en mojado, y en cuanto a su capacidad invernal, ofrecen un consistente agarre en invierno; probada tracción y frenada en nieve, contando con certificación 3PMSF”.
Entorno legal de los neumáticos de invierno
El director de la Comisión de Fabricantes repasó el entorno legal que afecta los neumáticos de invierno como el Reglamento nº 117 de Naciones Unidas (CEPE) (Disposiciones uniformes relativas a la certificación de invierno de neumáticos), el Reglamento General de Circulación (RD 1428/03) y el Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998) al que está sujeto su utilización como se recoge en los siguientes textos:
“Artículo 12. Otras condiciones.
5.2 Cuando sea obligatorio o recomendado el uso de cadenas u otros dispositivos antideslizantes autorizados se deberá, bien colocar sobre, al menos, una rueda motriz a cada lado del vehículo dichas cadenas o dispositivos antideslizantes, bien utilizar neumáticos especiales, según lo dispuesto en el anexo VII y en la reglamentación recogida en el anexo I.
Anexo VII
5. Neumáticos especiales.
Si se utilizan neumáticos especiales de nieve, éstos irán marcados con la inscripción M + S, MS o M & S, y deberán tener una capacidad de velocidad, bien igual o superior a la velocidad máxima prevista para el vehículo, bien no inferior a 160 Km/h si la velocidad máxima del vehículo es superior a ésta”.
Dados los recientes casos (y caos) generados en la A66 y A67 por las últimas nevadas, José Luis Rodríguez también se refirió a la “Instrucción 16/TV-88 de la DGT. Nivel de circulación rojo por razones de vialidad invernal en tramos de vía que discurran parcialmente por túneles. Los tramos cuyo trazado concatena secciones en túnel y a cielo abierto con la calzada cubierta de nieve con nivel de circulación rojo, y por tanto, con uso obligatorio de cadenas o neumáticos especiales de invierno, las restricciones asociadas al nivel rojo no incluirán, entre ellas, el uso obligatorio de cadenas, dejando, en este sentido, como ÚNICA OPCIÓN EL USO DE NEUMÁTICOS ESPECIALES DE INVIERNO. La operación de montaje o desmontaje de cadenas no suele ser sencilla en la mayoría de ocasiones y, en todo caso, no resulta compatible con la seguridad y fluidez del tráfico, obligando al conductor a parar el vehículo en zonas peligrosas (la entrada y/o salida del túnel) y a bajarse de éste para la realización de la operación”.
Proposición no de Ley sobre neumáticos de invierno 161/001492
Y para redondear el entorno legal, el director de la Comisión de Fabricantes aludió a la Proposición no de Ley sobre neumáticos de invierno 161/001492, según la cual el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a incorporar y poner en marcha las siguientes medidas: “1. Dentro del Plan de viabilidad invernal, se refuercen los mensajes emitidos por la DGT en medios de comunicación y paneles de mensajes en carreteras, insistiendo en la necesidad del uso de cadenas o neumáticos de invierno, cuando las condiciones climatológicas así lo requieran.
2. Las comunicaciones de la DGT en radio, Internet, teléfono, teletexto, TV, etc., sobre el estado de las carreteras (viabilidad invernal) indiquen los tramos en los que es obligatorio el uso de cadenas o neumáticos de invierno.