“La garantía legal y comercial de los productos y servicios que deben ofrecer los fabricantes y las tiendas y talleres de componentes”. Así se titulaba el webinar que la Asociación Española de Proveedores de Automoción (SERNAUTO) y MOTORMEETINGS by Motortec celebraron el pasado jueves 20 de mayo para analizar los nuevos requisitos legales que recoge el Real Decreto Ley 7/2021 de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea, en vigor a partir del 1 de enero de 2022 respecto a las garantías.
David Moneo, director de IFEMA Motor & Mobility, dio la bienvenida a los asistentes destacando las acciones que se están realizando de cara a la nueva edición de MOTORTEC 2022. “Estamos trabajando en crear una gran comunidad online que incluya fabricantes de componentes y maquinaria, distribución y talleres en España con un objetivo de digitalización de todo el sector de la posventa de automoción. Se tratará de una iniciativa innovadora con actividad 355 días en la que queremos crear comunidad a través de las herramientas digitales”, declaró.
Cristina San Martín, Directora de Coordinación, Proyectos y Servicios de SERNAUTO, resaltó que “MOTORTEC es la casa del sector de la posventa y que se está trabajando con ahínco en organizar el primer evento del sector de la posventa tras la pandemia. Será un gran escaparate donde se muestre las principales novedades tecnológicas de los proveedores de automoción de cara al coche del futuro: más conectado, seguro, eléctrico, compartido, autónomo y, por supuesto, sostenible”.
También agradeció a Eversheds Sutherland, socio colaborador de SERNAUTO, “la labor que desarrolla desde hace años, realizando acciones de asesoramiento legal a nuestros asociados sobre temas de máxima actualidad como el que nos ocupa y que ha despertado el interés de tanta gente”.
José Mariano Cruz e Inmaculada López, Socio y Directora Legal de Eversheds Sutherland, respectivamente, hicieron un amplio repaso de las obligaciones en materia de garantías legales y comerciales respecto de profesionales y consumidores, así como de las obligaciones y responsabilidades en materia de producto defectuoso y reparaciones.
Claves del nuevo Real Decreto Ley 7/2021 de 27 de abril:
“Para determinar los plazos de las garantías de los vehículos o componentes hay que diferenciar si el comprador se trata de un profesional o un consumidor, a fin de identificar las obligaciones.
En el caso de un contrato suscrito con un profesional, se acudirá a las cláusulas que se hayan pactado respecto a garantías y/o al código civil. Las obligaciones para los fabricantes y vendedores frente a los profesionales son:
- Obligación de responder por vicios ocultos, que no están a la vista y hacen impropio el producto para su uso. Se trata de defectos graves que afectan al vehículo o al componente vendido. En este caso el comprador puede exigir el saneamiento de los vicios en un plazo de 6 meses desde la entrega del vehículo o el componente. Dicho saneamiento consistirá en desistir del contrato o la rebaja proporcional en el precio abonado;
- Si el vendedor actúa de mala fe, corresponderá la indemnización por los daños y perjuicios causados y
- Los talleres y fabricantes pueden optar por ofrecer a los compradores profesionales una garantía comercial, cuyo plazo será libremente pactado, para hacer frente a los defectos que puedan darse en el producto vendido.
En el caso de un consumidor, será de aplicación lo que se haya acordado en el contrato, así como lo dispuesto en el Real Decreto 01/2007, y se responde por cualquier falta de conformidad que existe en el momento de la entrega. Para que un vehículo o componente sea conforme con el contrato, en líneas generales, debe ajustarse a la descripción realizada por el vendedor, ser apto para su uso, ser apto para cualquier uso especial requerido por el consumidor y puesto en conocimiento del vendedor y tener las calidades y prestaciones habituales. Los plazos exigidos por la ley son las garantías mínimas, pudiendo los vendedores o marcas ofrecer a los consumidores un plazo mayor o la posibilidad de ampliar la garantía pagando un extra, la llamada garantía comercial adicional.
La Directiva 2019/771 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, detalla los requisitos y las presunciones de conformidad respecto a los accesorios, instrucciones, contenidos digitales y actualizaciones, normas técnicas y embalajes. Adicionalmente, eleva la presunción de falta de conformidad de los consumidores de 6 meses a un año, aunque faculta a los Estados a incluso poder elevar ese mínimo. Los Estados tienen que adoptar y publicar medidas de cumplimiento el 01/07/2021 para ser de aplicación el 01/01/2022.
El Real Decreto Ley 07/2021 de transposición directa de directivas de la UE, en vigor a partir del 1 de enero de 2022 respecto a las garantías, incrementa los requisitos y responsabilidades en materia de conformidad relativa a contenidos y soportes digitales y altera el régimen existente en materia de garantías a los consumidores y disponibilidad de repuestos, contenido en el R.D. 1/2007, del 16 de noviembre
Entre las modificaciones introducidas por esta normativa:
- Respecto a la garantía mínima legal establece,
- 3 años de garantía si el producto es nuevo
- 2 años de garantía si es un producto digital
- 1 año de garantía si el producto no es nuevo
- En relación al período de prescripción, éste se eleva a 5 años desde la entrega de producto
- Por lo que corresponde a los repuestos, el consumidor tiene derecho a la existencia de repuestos durante un plazo de 10 años a partir de la fecha en la que el producto deja de fabricarse.
- Por último, en la carga de la prueba, se presume que existe falta de conformidad cuando el problema surja en los dos años posteriores a la entrega del producto y en el plazo de 1 año para contenido o servicio digital”.
Desde Eversheds Sutherland se cerró la presentación con varios consejos a seguir donde se destacó: la importancia de la revisión de las garantías comerciales que se ofrecen en el mercado y la publicidad para evitar la vulneración de la legislación, la diferenciación del comprador entre profesional o consumidor ante una falta de conformidad, documentar la garantía comercial y las fechas tanto de entrega como de devoluciones de los productos, revisar los plazos desde la falta de conformidad para verificar si la reclamación está dentro de la garantía, documentar cualquier cadena de transacciones o revisar la estrategia comercial, los servicios y las obligaciones contractuales con terceros.
Enlace a la grabación del webinar: https://youtu.be/kujU6cE8bVk