CONEPA recuerda a los talleres la obligación de registrar la jornada laboral de sus trabajadores

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Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción (CONEPA) recuerda a los talleres la obligación de registrar la jornada laboral de los trabajadores, cuando se cumple el primer mes de vigencia del Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo, de medidas urgentes para la protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. En su escrito, la patronal de talleres advierte asimismo de que la Inspección de Trabajo ya ha abierto las primeras diligencias sancionadoras a talleres de automóviles.

En el citado Real decreto se introducía una importante novedad en materia de regulación de la jornada laboral: la obligación, por parte de la empresa, de efectuar un registro de la misma, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización, y la suma horaria total mensual, a partir del pasado 12 de mayo.

La empresa deberá conservar los registros de jornada durante cuatro años y mantenerlos a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Se regula una nueva infracción en caso de transgresión de la obligación por parte de la empresa de efectuar el registro de jornada.

El control se debe aplicar a todos los trabajadores con contrato laboral convencional sometidos al Estatuto de los Trabajadores. Por ley, solo las personas con contrato de alta dirección (aunque su contrato bilateral específico también pueda obligarlas) y los autónomos no están obligados.

Si la empresa cuenta con representación sindical (comité o delegados), CONEPA ha aconsejado desde su primera circular la negociación con ella para determinar el modo de implementar la obligación lo antes posible.

CONEPA incide en que el registro se deberá hacer al día y no a posteriori. No valen los cuadrantes a futuro (es decir, no sirve la previsión de lo que hay que hacer, sino la realidad de lo que se ha hecho cada día). Asimismo, recuerda que no se debe realizar ninguna acción de registro de jornada sin cerciorarse de que el sistema cumple con la normativa sobre protección de datos personales.