ASETRA alerta

ASETRA (Asociación de Talleres de Automoción) acaba de alerta que “continúan las inspecciones de Trabajo en los talleres madrileños, con la maquinaria en el punto de mira y, en especial, los elevadores”.

 

ASETRA señala en su comunicado que “la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, dependiente del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, mantiene operativa la campaña de inspección dirigida a talleres que inició hace aproximadamente dos años. A ASETRA llegan prácticamente todos los días consultas relacionadas con la visita de los funcionarios”.

ASETRA resalta en su comunicado que las inspecciones de Trabajo en los talleres madrileños tienen a la maquinaria en el punto de mira y, en especial, los elevadores.

Al respecto, la Asociación detalla que “mediante circular, se ha enviado recordatorio de la documentación que pueden requerir a los talleres. Este listado puede verse ampliado en función del criterio del inspector y casuística del taller:

  1. Contrato con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA).
  2. Evaluación inicial de Riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores:
  3. Planificación de la actividad Preventiva.
  4. Plan de Emergencia y Evacuación.
  5. Formación impartida en materia de Seguridad y Salud: les recordamos que, tras la aprobación del II Convenio colectivo estatal de la Industria, la tecnología y los servicios del sector del metal (junio 2017) todos los trabajadores encuadrados en los CNAE 45.20 (mantenimiento y reparación de vehículos de motor) y 45.40 (mantenimiento y reparación de motocicletas) del sector metal deben cursar una formación mínima en materia de Riesgos Laborales en función del puesto de trabajo realizado. En octubre de este año, los talleres deben haber formado al 100% de su plantilla.
  6. Documentación sobre vigilancia de salud de los trabajadores
  7. Justificante de entrega de equipos de protección individual.
  8. Maquinaria y equipos de trabajo utilizados en el taller
  9. Talleres con la especialidad de chapa y pintura: documentación que justifique el mantenimiento de la cabina de pintura, estudio de atmósferas explosivas en algunos casos, etc”