CONEPA (Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción) ha dado la bienvenida a la apertura de las estaciones de ITV en toda España, incluidas las zonas que todavía permanecen en Fase 0, resaltando que “gracias a ello, también los talleres podrán hacer frente de una manera más ordenada a la demanda de servicios pre-ITV. Recordemos que, según datos de la propia federación, este tipo de operaciones previas al paso de las inspecciones obligatorias supone para los centros de reparación y mantenimiento de vehículos especialistas en electromecánica entre el 15% y el 25% de su cifra de negocios anual”.
Los responsables de CONEPA detallan en su comunicado que “el sábado se publicaron en el BOE la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos y la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
En la primera se amplía la prórroga de la validez del certificado de inspección técnica periódica de los vehículos conforme a lo dispuesto en el siguiente cuadro:
Fecha de inspección inicial | Periodo de prórroga (días naturales) |
Semana 1: 14 a 20 de marzo. | 30 días más 15 días adicionales. |
Semana 2: 21 a 27 de marzo. | 30 días más 2 periodos de 15 días. |
Semana 3: 28 de marzo a 3 de abril. | 30 días más 3 periodos de 15 días. |
Semana n. | 30 días más n periodos de 15 días. |
En la segunda, se habilita a los centros de ITV para proceder a su reapertura al público, incluso si están situados en Fase 0 (como es el caso de Madrid al completo y en algunas zonas sanitarias de Cataluña y Castilla-León), mediante la utilización de la cita previa. También se autoriza la apertura a los concesionarios de automoción, sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta.
Cumplimentación de las tarjetas ITV y certificados de inspección técnica. Una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas”.
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